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Reporte, Abril 2010

30/04/2010

Reporte de la Cámara de Senadores.

 

El Senado aprueba ley que protege los datos personales en posesión de los particulares.
El pasado mes de abril, el Senado aprobó la creación de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares (“LFPDP”). La LFPDP tiene como objetivo la regulación de toda la información que se encuentra en posesión de particulares (hospitales, cadenas comerciales, empresas de telecomunicaciones, etc.) a fin de que ésta no sea utilizada por los responsables de mantenerla con otros fines distintos a los establecidos en su obtención. Asimismo, toda empresa (excepto bancos) que esté involucrada en la transferencia de datos personales (i.e. bases de datos) estará sujeta a la LFPDP.

 

El siguiente paso para la infraestructura.
El Senado aprobó en comisiones la Ley de Asociaciones Público-Privadas (“LAPP”). La LAPP regulará (de ser aprobada por el pleno del Senado y posteriormente por la Cámara de Diputados en el siguiente periodo de sesiones) las relaciones a largo plazo entre los sectores público y privado para el desarrollo de infraestructura financiada por la iniciativa privada así como el servicio que brindará ésta.
La LAPP contempla los esquemas conocidos como PPP (public private partnerships) en los cuales los riesgos derivados por la construcción de la infraestructura así como los derivados por el servicio a brindarse, son distribuidos equitativamente entre las partes. Entre los puntos que cabe destacar de la LAPP resultan los siguientes:

  • La introducción de un marco normativo claro y específico para los PPP ya que éstos quedarían excluidos de las demás leyes;
  • No obstante es una ley federal, también regula los PPP estatales y municipales (cuando los fondos sean mayoritariamente federales);
  • Las concesiones a ser otorgadas en relación con el proyecto serían hasta por un plazo de 40 años;
  • El sector privado tiene la facultad de presentar proyectos no solicitados y no esperar solamente a que el gobierno los anuncie.
  • La distribución de riesgos estaría especificada desde las bases de la licitación.
  • Para efectos de expropiación, un proyecto de PPP sería considerado de utilidad pública y por ende los bienes inmuebles necesarios podrían ser expropiados.
  • Los derechos derivados del contrato de PPP pueden ser dados como garantía. Las acciones o partes sociales del vehículo especial a ser constituido para construir y operar también pueden ser otorgados en garantía o pueden ser enajenados.
  • En caso de disputa, el arbitraje se reconoce como un medio de resolución de controversias.

 

Reporte de la Cámara de Diputados.

 

Juicios orales en materia mercantil.
Con el fin de agilizar los juicios en materia mercantil, la Cámara de Diputados remitió para aprobación del Senado la adición de un capítulo en el Código de Comercio el cual establecería, de ser aprobado por el Senado, la posibilidad de resolver las controversias mercantiles por medio de juicios orales.
Los juicios orales en materia mercantil sólo podrán ser iniciados para controversias que no excedan los $222,500, sin embargo, éste es un gran paso en la agilización de los procedimientos judiciales.

 

Más deducciones para empleadores.
El grupo parlamentario del PRI presentó una iniciativa para incluir un artículo en la Ley del Impuesto Sobre la Renta mediante el cual, cuando un patrón contrate a gente mayor de 60 años o a mujeres que sean las únicas fuentes de ingresos para su familia, el patrón pueda deducir de sus ingresos hasta un 30% del impuesto retenido a dichos empleados.

 

Residuos tecnológicos a ser considerados como residuos peligrosos.
El grupo parlamentario del PVEM presentó una iniciativa en la cual se establece la definición, manejo y disposición final de  los residuos tecnológicos (derivados de aparatos eléctricos entre otros). Dichos residuos deberán ser almacenados en lugares especiales a ser determinados por la autoridad y por ningún motivo podrán ser incinerados o importados a México.