PROPIEDAD INTELECTUAL

Contact:

Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares

27/07/2010
Contacto:
Adriana Ibarra Vázquez
aiv@sanchezdevanny.com

Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares

El pasado 6 de Julio entro en vigor la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (“Ley”).

El objeto de esta Ley es la protección de los datos personales en posesión de los particulares, con la finalidad de regular su tratamiento legítimo, controlado e informado, a efecto de garantizar la privacidad y el derecho a la autodeterminación informativa de las personas.

Aplica a todos los particulares sean personas físicas o morales de carácter privado que lleven a cabo el Tratamiento de Datos Personales, excepto: a) Las sociedades de información crediticia; y b) Las personas que lleven a cabo la recolección y almacenamiento de datos personales, que sea para uso exclusivamente personal, y sin fines de divulgación o utilización comercial.

Dentro de las actividades reguladas y consideradas como Tratamiento se entiende la obtención, uso, divulgación, o almacenamiento de datos personales, por cualquier medio. El uso abarca cualquier acción de acceso, manejo, aprovechamiento, transferencia o disposiciones de Datos Personales, los cuales se entienden como la información concerniente a una persona física identificada o identificable.

Resulta especialmente relevante, la obligación de informar y obtener el consentimiento del titular de los datos previo al Tratamientos de Datos Personales a través de un aviso de privacidad, el cual deberá establecer como mínimo:

  • La información que se recaba del titular;
  • La identidad y domicilio del responsable que los recaba;
  • Las finalidades del tratamiento de datos;
  • Las opciones y medios que el responsable ofrezca a los titulares para limitar el uso o divulgación de los datos;
  • Los medios para ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley;
  • En su caso, las transferencias de datos que se efectúen, y
  • El procedimiento y medio por el cual el responsable comunicará a los titulares de cambios al aviso de privacidad, de conformidad con lo previsto en esta Ley.

Considerando el uso de medios electrónicos, la Ley contempla expresamente el uso de los mismos, y en particular señala que el aviso de privacidad puede ponerse a disposición de los titulares a través de formatos impresos, digitales, visuales, sonoros o cualquier otra tecnología, y que el consentimiento del titular de los datos puede manifestarse de forma expresa cuando se manifieste verbalmente o por medios electrónicos, ópticos o por cualquier otra tecnología o por signos inequívocos o bien de forma tacita, cuando habiéndose puesto a su disposición el aviso de privacidad, el titular de los datos no manifieste su oposición.

La relevancia del párrafo anterior, radica en los requisitos adicionales establecidos por la Ley en relación al Tratamiento de datos financieros o patrimoniales, así como a los Datos Personales Sensibles, en donde se requiere el consentimiento expreso del titular para Tratamiento de los mismos.

Al respecto, debe atenderse la definición y protección adicional establecida para los Datos Personales Sensibles, los cuales  son aquellos que afectan a la esfera más íntima de su titular, o cuya utilización indebida pueda dar origen a discriminación o conlleve un riesgo grave para éste. En particular, se consideran sensibles aquellos que puedan revelar aspectos como origen racial o étnico, estado de salud presente y futuro, información genética, creencias religiosas, filosóficas y morales, afiliación sindical, opiniones políticas, preferencia sexual.

Adicionalmente para el Tratamientos de Datos Personales Sensibles, se establece que el aviso de privacidad deberá señalar que se trata de este tipo de datos y en especial justificar la creación de base de datos que contengan esta información, las finalidades legítimas, concretas y acordes con las actividades o fines específicos que persigue el responsable del tratamiento.

Asimismo, resaltan las diversas excepciones para requerir el consentimiento del titular de los datos para el Tratamiento de Datos Personales, entre los cuales resalta que no será necesario el consentimiento cuando:

  • Tenga el propósito de cumplir obligaciones derivadas de una relación jurídica entre el titular y el responsable; 
  • En el caso de transferencias nacionales o internacionales cuando sea efectuada a sociedades controladoras, subsidiarias o afiliadas bajo el control común del responsable, o a una sociedad matriz o a cualquier sociedad del mismo grupo del responsable que opere bajo los mismos procesos y políticas internas;
  • Entre muchos otros.

Entre las muchas obligaciones establecidas para el responsable de tratar datos personales, se encuentra la de designar a una persona, o departamento de datos personales quien dará trámite a las solicitudes de los titulares y fomentará la protección de los Datos Personales en el interior de la organización.

En relación al titular, este o bien su representante legal, podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición previstos en la Ley ante el responsable.

Para aquellos casos en donde no se cumplan las disposiciones de la Ley por parte del responsable, se contempla un procedimiento de protección de datos ante el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (“Instituto”).

Resalta que dicho Instituto suplirá las deficiencias de la queja, promoverá la conciliación de las partes y que el Instituto verificará el cumplimiento de la Ley de oficio o a petición de parte.

El Reglamente de la Ley establecerá la forma, términos y plazos bajo los que se desarrollará el procedimiento de protección de datos y será publicado en un plazo de un año a partir de la entrada en vigor de la Ley.

El incumplimiento de la Ley, podrá ser considerado como infracción o delito y las sanciones aplicables podrían ser desde un apercibimiento, multas de 100 hasta 320,000 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal o de tres meses a cinco años de prisión.

Adicionalmente los titulares que consideren que han sufrido un daño o lesión en sus bienes o derechos como consecuencia del incumplimiento a lo dispuesto en la Ley por el responsable o el encargado, podrán ejercer los derechos que estimen pertinentes para efectos de la indemnización que proceda.

Toda personas físicas o morales de carácter privado que lleven a cabo el Tratamiento de Datos Personales de conformidad con las disposiciones de la Ley, tendrán hasta el 6 de Julio del 2011 para designar a la persona o departamento de datos personales para tramitar las solicitudes de los titulares de datos y promover la protección de datos dentro de la organización, así como expedir sus avisos de privacidad a los titulares de datos personales.

Los titulares tendrán que esperar hasta el 7 de Enero del 2012 para ejercer ante los responsables sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, así como el procedimiento de protección de derechos ante el Instituto.

Asimismo resalta que se abroga cualquier disposición local en materia de protección de datos personales en posesión de particulares, y se derogan las demás disposiciones que se opongan a la Ley.

Considerando lo anterior, aun debe considerarse las disposiciones federales que no se oponen a esta Ley y que se encuentran en diversas disposiciones legales tales como Ley Federal de Protección al Consumidor, Ley de Propiedad Industrial, entre muchas otras.

Es necesario que identifique las actividades que realiza, si se encuentran en alguna de las excepciones de Ley, preparar su aviso de privacidad, designar a la persona o departamento de datos personales y establecer los procedimientos internos para tramitar las solicitudes a recibir.

Para mayor información favor de contactar a Adriana Ibarra Vazquez al +52 (81) 8153-3900 o al correo electrónico aiv@sanchezevanny.com

Esta nota ha sido emitida con propósitos meramente informativos y no constituye una opinión legal.