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CORPORATIVO,TRANSACCIONAL Y LICITACIONES |
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Registro en el Sistema de Información Empresarial Mexicano (“SIEM”).01/01/2005A partir del 21 de enero, entró en vigor la nueva Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, misma que exige que todas las empresas comerciales se deben de registrar en el Sistema de Información Empresarial Mexicano (“SIEM”). Para las empresas de nueva creación, si el registro no se hace dentro de los siguientes dos meses de la fecha de su registro ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Para las empresas ya creadas la obligación de registrarse es dentro del primer bimestre de cada año. El incumplimiento de esta obligación, puede tener por consecuencia la imposición de una multa de doscientos a seiscientos salarios mínimos ($9,360 a $18,720 pesos aprox.). El proceso de de registro no es complejo. Requiere de la presentación de información general y el pago del derecho correspondiente por concepto de registro. En caso de requerir mayor información en cuanto a esto, favor de comunicarse con nuestro grupo de práctica de Corporativo; en el D.F. con Cristina Sánchez Vebber o Joaquín Alcalá Cuellar; Monterrey, con Andrés Gámez Garza; o en Chihuahua, con José Antonio Pérez. |
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