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COMERCIO EXTERIOR Y ADUANAS |
Contact: Alexandra Welsch Casas (Mexico) awelsch@sanchezdevanny.com |
Decreto exención de contribuciones al comercio exterior01/05/2009El 2 de mayo de 2009, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto eximiendo del pago de algunos impuestos y derechos al comercio exterior para hacer frente a la situación de contingencia sanitaria provocada por el virus de la influenza. Dicho decreto autoriza la importación a territorio nacional libre del pago del impuesto general de importación, del impuesto al valora agregado y del derecho de tramite aduanero a equipos médicos, agentes de diagnóstico, material quirúrgico y de curación, productos higiénicos y otras mercancías relacionadas con el sector salud. Dentro de dicha exención se incluye al alcohol desnaturalizado al cual se le exime del pago del impuesto especial de producción y servicio, siempre y cuando sea importado en envases de hasta 20 litros, por ser dicha presentación la utilizada por instituciones públicas o privadas del sector salud. La lista de los productos se determinará por la Comisión Federal de Riesgos Sanitarios y se publicará en la página del Servicio de Administración Tributaria: www.sat.gob.mx Para mayor información sobre el tema y productos exentos, nuestro Grupo de Práctica de Comercio Exterior de Sánchez-DeVanny Eseverri, S.C. quedamos a su entera disposición. Los invitamos a que nos contacten en los correos electrónicos que aparecen arriba. |
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